Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
(en la redacción dada por Dec. Nº 95/026) reglamentario/a de: T.O. 2023
(DGI) de 04/04/2024 artículos 12 - Título 4 Literal A), numerales 2) y 6),
14 - Título 4 inciso 2º) y literales A) y B).
IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS CAPITULO I - SUJETOS PASIVOS
Artículo 2
Bancas de quiniela.- Los resultados derivados de la explotación de la
quiniela serán computados por las Bancas de Cubierta Colectiva.
Quienes integren las citadas Bancas y desarrollen otras actividades
determinarán su situación fiscal por esas actividades con independencia
de su participación en aquéllas. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:64 - TER y 183 (vigencia).