REGLAMENTACION DE LAS LEYES 19.267 Y 17.283 ARTS. 20 Y 21 RELATIVO A LA GESTION AMBIENTAL ADECUADA DE LAMPARAS Y OTROS RESIDUOS CON MERCURIO




Promulgación: 08/01/2019
Publicación: 23/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.267 de 12/09/2014,
      Ley Nº 17.283 de 28/11/2000 artículos 20 y 21.
Referencias a toda la norma

REGLAMENTO PARA LA GESTION AMBIENTALMENTE ADECUADA DE LAMPARAS Y OTROS RESIDUOS CON MERCURIO
CAPITULO V OTRAS DISPOSICIONES

Artículo 29

   (Responsabilidad por daños).- Sin perjuicio de las autorizaciones, aprobaciones o habilitaciones que puedan otorgarse de conformidad con el presente decreto, las personas físicas y jurídicas serán siempre responsables por los daños que por la gestión de los productos y artículos con mercurio, así como de los residuos y emisiones de mercurio, se puedan causar al ambiente, incluyendo la salud humana.
Ayuda