REGULACION DE LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. APROBACION DEL ESTATUTO TIPO




Promulgación: 09/04/2001
Publicación: 20/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 916
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.181 de 21/08/1981 artículos 9 y 19.
Referencias a toda la norma

CAPITULO XI - DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL Y ORGANOS ASESORES

Artículo 45

 Deberá funcionar una Auditoría Interna, que dependerá directamente del 
Consejo Directivo, cuyo cometido será verificar todos los controles 
económico-financieros y de gestión asistencial que correspondan. Asimismo 
funcionará el Consejo Técnico Asesor previsto en el artículo 10 del 
Decreto-Ley Nº 15.181 de 21 de agosto de 1981.

                               
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