REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 43 Y 44 DE LA LEY 18.362, RELATIVOS A LA CREACION DEL PROGRAMA DE CONTRATACION PUBLICA PARA EL DESARROLLO Y DEROGACION DEL DECRETO 191/019




Promulgación: 29/05/2026
Publicación: 08/06/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 43 y 44.

Sección II: Disposiciones de alcance general

Artículo 7

   Créase un Comité Asesor, integrado por un representante titular y un alterno de cada una de las siguientes instituciones: Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII), Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y la Secretaría Nacional de Ciencia y Valorización de Conocimiento de la Presidencia de la República, a los efectos de supervisar la implementación del presente Subprograma y recomendar ajustes al Poder Ejecutivo en caso de considerarlo necesario, así como de los cometidos específicos que se asignan en el presente Decreto. Este Comité Asesor será coordinado por la ANII.

              

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 16 y 19.
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