REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA NAVAL
Aprobado/a por: Decreto Nº 69/982 de 02/03/1982 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 863/988 de 20/12/1988 artículo 2.
Reglamento sustituido por: Decreto Nº 863/988 de 20/12/1988 Numeral 1.
Ver Reglamento sustituído: Decreto Nº 157/978 de 28/03/1978.
3. Funciones Generales.
3.1. Llevar a cabo los Cursos de Enseñanza y de Adiestramiento
con los Alumnos Aspirantes, a efectos de que al final de
los mismos el Guardia Marina y el Alférez del Cuerpo de
Prefectura sean capaces de cumplir con los requerimientos
militares y profesionales específicos de su cuerpo.
3.2. Mantener un estudio dinámico del desarrollo de las técnicas
y metodología de enseñanza a los efectos de adaptar su
sistema educativo al avance tecnológico de las diferentes
disciplinas impartidas.
3.3. Llevar a cabo los Cursos de Enseñanza y Adiestramiento con
los Alumnos Mercantes a efectos de que al final de los
mismos el Oficial de la Marina Mercante sea capaz de
cumplir con los requerimientos específicos de su profesión
y los militares de un Oficial de la Reserva Naval de
acuerdo a lo establecido en 6.2.3.4.
3.4. Evaluar los conocimientos de los Primeros Oficiales que
cumplen las exigencias de los Reglamentos en vigencia, para
obtener el Título de Capitán y de Jefe de Ingeniero de la
Marina Mercante.
3.5. Con los alumnos del Preparatorio Naval, llevar a cabo los
Cursos necesarios del Segundo Ciclo de Bachillerato
Diversificado, Orientación Científica, basados en los
Planes del Consejo de Enseñanza Secundaria, Básica y
Superior incluyendo Orientación Naval Militar, a fin de
favorecer el reclutamiento para los Cursos de Oficiales y
contribuir con la Enseñanza Nacional.
(*)Notas:
Numeral 3.4 se modifica/n por: Decreto Nº 496/983 de 27/12/1983 artículo
1.
Numeral 3.5 se modifica/n por: Decreto Nº 57/985 de 08/02/1985 artículo
1.
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