Aprobado/a por: Decreto Nº 69/982 Derogada/o de 02/03/1982 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 863/988 Derogada/o de 20/12/1988 artículo 2.
Reglamento sustituido por: Decreto Nº 863/988 Derogada/o de 20/12/1988 Numeral 1.
Ver Reglamento sustituído: Decreto Nº 157/978 Derogada/o de 28/03/1978.
     3.        Funciones Generales.
     3.1.      Llevar a cabo los Cursos de Enseñanza y de Adiestramiento
               con los Alumnos Aspirantes, a efectos de que al final de
               los mismos el Guardia Marina y el Alférez del Cuerpo de
               Prefectura sean capaces de cumplir con los requerimientos
               militares y profesionales específicos de su cuerpo.
     3.2.      Mantener un estudio dinámico del desarrollo de las técnicas
               y metodología de enseñanza a los efectos de adaptar su
               sistema educativo al avance tecnológico de las diferentes
               disciplinas impartidas.
     3.3.      Llevar a cabo los Cursos de Enseñanza y Adiestramiento con
               los Alumnos Mercantes a efectos de que al final de los
               mismos el Oficial de la Marina Mercante sea capaz de
               cumplir con los requerimientos específicos de su profesión
               y los militares de un Oficial de la Reserva Naval de
               acuerdo a lo establecido en 6.2.3.4.

     3.4.      Evaluar los conocimientos de los Primeros Oficiales que
               cumplen las exigencias de los Reglamentos en vigencia, para
               obtener el Título de Capitán y de Jefe de Ingeniero de la
               Marina Mercante. 

     3.5.      Con los alumnos del Preparatorio Naval, llevar a cabo los
               Cursos necesarios del Segundo Ciclo de Bachillerato
               Diversificado, Orientación Científica, basados en los
               Planes del Consejo de Enseñanza Secundaria, Básica y
               Superior incluyendo Orientación Naval Militar, a fin de
               favorecer el reclutamiento para los Cursos de Oficiales y
               contribuir con la Enseñanza Nacional. 

(*)Notas:
Numeral 3.4 se modifica/n por: Decreto Nº 496/983 Derogada/o de 27/12/1983 artículo 
1.
Numeral 3.5 se modifica/n por: Decreto Nº 57/985 Derogada/o de 08/02/1985 artículo 
1.
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