Decreto 217/990.-
Fija las tasa relativas a los Servicios Postales en el régimen internacional
Ministerio de Educación y Cultura.
Montevideo, 17 de mayo de 1990.
Visto: Estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la Dirección Nacional de Correos Programa 012 Unidad Ejecutora 022 del
Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura tendiente a que se
modifiquen las Tarifas Postales Internas e Internacionales vigentes.
Resultando: I) Las últimas tarifas postales internacionales fueron fijadas por decreto 56/89 del 9 de febrero de 1989 estando por lo tanto sus valores desactualizados, lo que origina un considerable déficit en la explotación de los servicios postales con la consiguiente incidencia
sobre el Presupuesto General de la Administración del Estado.
II) En lo que se refiere al Correo Internacional para la fijación de
las tarifas se ha tomado el franco-oro como moneda tipo convertible a la unidad de cuenta del Fondo Monetario Internacional (FMI) que es actualmente el Derecho Especial de Giro (DEG) cuya equivalencia promedio del período octubre/88 a setiembre/89 dio como resultado 1 DEG = N$ 8:948.154.
III) Para la fijación de la nueva equivalencia se ha actuado de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Constitución de UPU
artículo 8 del Convenio y artículo 104 del reglamento de Ejecución de la Unión Postal Universal (UPU) Congreso de Hamburgo de 1984.
IV) El artículo 19 del Convenio de Hamburgo autoriza a las Administraciones Postales a incrementar hasta un 100 % el valor de las tasas básicas fijadas en el mismo.
V) Para el cálculo de las tasas postales aéreas internacionales se aplicó el nuevo valor de 1 DEG = 8:948.154 lo que equivalen
aproximadamente a un franco-oro = N$ 2:923.278.
VI) Como consecuencia de lo anterior es necesario efectuar las correspondientes modificaciones de las tasas postales internacionales encontrándose estas últimas disposiciones tarifarias en los convenios internacionales.
VII) En consecuencia, se incrementaron las Tarifas Postales a nivel Internacional Vía Superficie en un 95 por ciento promedio correspondiéndoles un 85 por ciento promedio a las Vía Aérea, a los efectos de cubrir los costos operacionales que demandan la prestación del Servicio Postal.
Atento: A lo antes expuesto, a lo informado por la Dirección Nacional de Correos y a lo establecido por las disposiciones vigentes en la materia.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Fíjanse las tasas relativas a los Servicios Postales en el régimen internacional de acuerdo con los importes que se establecen.
Tarifas Postales que regirán a partir de 1990.
Tarifas Postales vía superficie, en nuevos pesos.
Cartas:
Escala de peso: Internacional
Hasta 20 grs. ............................ 170.00
De más de 20 hasta 50 grs. ........... 280.00
De más de 50 hasta 100 grs. ........... 390.00
De más de 100 hasta 250 grs. ........... 800.00
De más de 250 hasta 500 grs. ........... 1.480.00
De más de 500 hasta 1000 grs. ........... 2.570.00
De más de 1000 hasta 2000 grs. ........... 4.160.00
Tarjeta Postal ........................... 110.00
Impresos:
Hasta 20 grs. .............................. 90.00
De más de 20 hasta 50 grs. ............. 170.00
De más de 50 hasta 100 grs. ............. 200.00
De más de 100 hasta 250 grs. ............. 330.00
De más de 250 hasta 500 grs. ............. 570.00
De más de 500 hasta 1000 grs. ............. 980.00
De más de 1000 hasta 2000 grs. ............. 1.370.00
Por escalón suplementario de 1000 grs. ..... 680.00
Pequeño Paquete:
Hasta 100 grs. ............................. 200.00
De más de 100 hasta 250 grs. ............. 200.00
De más de 250 hasta 500 grs. ............. 570.00
De más de 500 hasta 1000 grs. ............. 980.00
De más de 1000 hasta 2000 grs. ............. 1.370.00
TASAS ESPECIALES
Envíos de Correspondencia.
Cupones Respuestas Internacionales:
Canje: N$ 170.00. Venta: N$ 660.00.
Indemnización por Pérdida de Envíos Certificados: En el régimen internacional, N$ 17.500 (según convenio).
Valor Declarado: N$ 0.10. Además de las tasas de carta y certificación por cada N$ 10.00 o fracción hasta nuevos pesos 1:169.311.00.
TASAS POSTALES DEL SERVICIO AEREO
Grupo I: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile y Paraguay.
Pequeños
Escala de Peso Cartas Impresos Paquetes
grs. grs. N$ N$ N$
-- -- -- -- --
Hasta 20 grs............ 330.00 160.00
De más de 20 hasta 30 790.00 350.00
De más de 30 hasta 40 800.00 370.00
De más de 40 hasta 50 810.00 380.00
De más de 50 hasta 100 850.00 420.00 420.00
De más de 100 hasta 150 1.670.00 750.00 750.00
De más de 150 hasta 200 1.730.00 810.00 810.00
De más de 200 hasta 250 1.790.00 870.00 870.00
De más de 250 hasta 500 3.390.00 1.550.00 1.550.00
De más de 500 hasta 750 5.840.00 2.560.00 2.560.00
De más de 750 hasta 1000 6.140.00 2.870.00 2.870.00
De más de 1000 hasta 1500 9.780.00 4.060.00 4.060.00
De más de 1500 hasta 2000 10.380.00 4.660.00 4.660.00
Por cada escalafón suplementario de 1000 grs. 2.450.00
TARJETAS POSTALES: N$ 240.00
FRANQUEO DE AEROGRAMAS
(CARTA SOBRE VIA AEREA N$ 400,00)
Grupo II: América, excluidos Canadá, EE.UU. y países del Grupo I.
Pequeños
Escala de Peso Cartas Impresos Paquetes
grs. grs. N$ N$ N$
-- -- -- -- --
Hasta 20 grs. ........... 360.00 190.00
De más de 20 hasta 30 840.00 410.00
De más de 30 hasta 40 880.00 440.00
De más de 40 hasta 50 910.00 480.00
De más de 50 hasta 100 1.030.00 590.00 590.00
De más de 100 hasta 150 1.950.00 1.040.00 1.040.00
De más de 150 hasta 200 2.120.00 1.210.00 1.210.00
De más de 200 hasta 250 2.290.00 1.380.00 1.380.00
De más de 250 hasta 500 4.270.00 2.420.00 2.420.00
De más de 500 hasta 750 7.260.00 3.990.00 3.990.00
De más de 750 hasta 1000 8.110.00 4.840.00 4.840.00
De más de 1000 hasta 1500 12.640.00 6.910.00 6.910.00
De más de 1500 hasta 2000 14.340.00 8.620.00 8.620.00
Por cada escalon suplementario de 1000 grs. ....... 4.640.00
TARJETAS POSTALES: N$ 270.00.
FRANQUEO DE AEROGRAMAS
(Cartas - sobre vía aérea) N$ 400.00
Grupo III: Canadá, EE.UU., Europa, Africa, Asia y Oceanía.
Pequeños
Escala de Peso Cartas Impresos Paquetes
grs. grs. N$ N$ N$
-- -- -- -- --
Hasta 20 grs. ........... 400.00 230.00
De más de 20 hasta 30 930.00 500.00
De más de 30 hasta 40 1.000.00 560.00
De más de 40 hasta 50 1.060.00 630.00
De más de 50 hasta 100 1.290.00 860.00 860.00
De más de 100 hasta 150 2.380.00 1.470.00 1.470.00
De más de 150 hasta 200 2.720.00 1.800.00 1.800.00
De más de 200 hasta 250 3.050.00 2.140.00 2.140.00
De más de 250 hasta 500 5.580.00 3.740.00 3.740.00
De más de 500 hasta 750 9.400.00 6.130.00 6.130.00
De más de 750 hasta 1000 11.080.00 7.810.00 7.810.00
De más de 1000 hasta 1500 16.920.00 11.200.00 11.200.00
De más de 1500 hasta 2000 20.270.00 14.540.00 14.540.00
Por cada escalón suplementario de 1000 grs..... 7.940.00
TARJETAS POSTALES: N$ 310.00.
FRANQUEO DE AEROGRAMAS
(CARTAS SOBRE VIA AEREA) N$ 400.00
SOBRETASAS AEREAS PARA LA CORRESPONDENCIA
VIA AEREA
Grupo I: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile y Paraguay
Pequeños
Escala de Peso Cartas Impresos Paquetes
grs. grs. N$ N$ N$
-- -- -- -- --
Hasta 20 grs. ............. 20.00
De más de 20 hasta 30 30.00
De más de 30 hasta 40 45.00
De más de 40 hasta 50 60.00
De más de 50 hasta 100 100.00
De más de 100 hasta 150 160.00
De más de 150 hasta 200 220.00
De más de 200 hasta 250 280.00
De más de 250 hasta 500 485.00
De más de 500 hasta 750 785.00
De más de 750 hasta 1000 1.085.00
De más de 1000 hasta 1500 1.570.00
De más de 1500 hasta 2000 2.175.00
Por cada escalón suplementario de 1000 grs. para los impresos 1210.
Grupo II: América, excluidos Canadá, EE.UU. y países del Grupo I.
Pequeños
Escala de Peso Cartas Impresos Paquetes
grs. grs. N$
-- -- --
Hasta 20 grs. ............ 45.00
De más de 20 hasta 30 90.00
De más de 30 hasta 40 125.00
De más de 40 hasta 50 160.00
De más de 50 hasta 100 270.00
De más de 100 hasta 150 445.00
De más de 150 hasta 200 615.00
De más de 200 hasta 250 785.00
De más de 250 hasta 500 1.360.00
De más de 500 hasta 750 2.215.00
De más de 750 hasta 1000 3.065.00
De más de 1000 hasta 1500 4.425.00
De más de 1500 hasta 2000 6.130.00
Por cada escalón suplementario de 1000 grs. para los impresos 3405,00.
Grupo III: Canadá, EE.UU. Europa, Africa, Asia y Oceanía.
Pequeños
Escala de Peso Cartas Impresos Paquetes
N$
--
Hasta 20 grs. ............. 90.00
De más de 20 hasta 30 175.00
De más de 30 hasta 40 240.00
De más de 40 hasta 50 310.00
De más de 50 hasta 100 535.00
De más de 100 hasta 150 870.00
De más de 150 hasta 200 1.205.00
De más de 200 hasta 250 1.540.00
De más de 250 hasta 500 2.680.00
De más de 500 hasta 750 4.355.00
De más de 750 hasta 1000 6.030.00
De más de 1000 hasta 1500 8.710.00
De más de 1500 hasta 2000 12.055.00
Por cada escalón suplementario de 1000 grs. para los impresos
6.700.00.
Fíjase en N$ 70.000.00 (nuevos pesos setenta mil) mensuales el tope de valores previstos por el artículo segundo de la ley N° 14.793 del 14 de junio de 1978 para las Agencias a Comisión.
Cuando se trate de empresas o personas, autorizadas con carácter precario, a efectuar el servicio postal en el régimen interno de acuerdo a lo establecido por los Artículos 2° y 3° inciso 7° de la ley N° 5.356 del 16 de diciembre de 1915 deberán franquear los envíos LC (cartas) que los mismos procesen, con valores postales, correspondientes a una vez y media el porte para cartas del primer escalón de peso del régimen Nacional.
El presente decreto entrará en vigencia a los 15 días hábiles de su publicación en el "Diario Oficial" quedando facultada la Dirección Nacional de Correos, para dictar las normas complementarias que requiera su alcance e interpretación.