APENDICE NORMATIVOVer: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13.
LIBRO SEGUNDO - DE LOS BIENES Y DEL DOMINIO O PROPIEDAD TITULO II - DEL DOMINIO
Artículo 488
El ejercicio de esos derechos queda subordinado a las prohibiciones
de las leyes o reglamentos y a la imperfección del dominio, resultante de
las convenciones o de la voluntad del testador. (Artículos 489 y siguientes, 581, 601, 606, 612, 618, 620 y 715). (*)