APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.305




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 05/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.

Referencias a toda la norma

TITULO III - CIRCULACION AEREA
CAPITULO UNICO

Artículo 12

   (Aeronaves en tránsito). - Se consideran en tránsito salvo lo dispuesto
en el último párrafo del artículo 33 las aeronaves extranjeras que
efectúen servicios regulares de transporte internacional de personas o
cosas; y las públicas o privadas que, en vuelo ocasional, desciendan en
territorio nacional, ya se trate de aterrizaje o acuatizaje regular o
forzoso. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 33.
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