APROBADO POR DECRETO LEY Nº 14.305




Promulgación: 29/11/1974
Publicación: 05/12/1974
Aprobado/a por: Decreto Ley Nº 14.305 de 29/11/1974.

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TITULO III - CIRCULACION AEREA
CAPITULO UNICO

Artículo 11

   (Obligación de aterrizar). - Las aeronaves extranjeras que hubieran
penetrado en el espacio aéreo de la República sin la debida autorización,
o que infringiesen las disposiciones sobre circulación aérea, podrán ser
obligadas a aterrizar en el aeródromo que se les indique.
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