Reglamentada por:
Decreto Nº 190/012 de 29/05/2012,
Decreto Nº 393/008 de 11/08/2008.
CAPITULO IV - PRODUCCION INDUSTRIAL
Artículo 24
(Objetivo).- Es objetivo del Poder Ejecutivo aumentar la
industrialización y exportación de productos lácteos y estimular la
capacitación e innovación tecnológica en la fase industrial, para lo cual,
a través del Instituto Nacional de la Leche, se promoverá la actualización
tecnológica y la ampliación del parque industrial del sector lácteo.