Reglamentada por:
Decreto Nº 190/012 de 29/05/2012,
Decreto Nº 393/008 de 11/08/2008.
CAPITULO IV - PRODUCCION INDUSTRIAL
Artículo 25
(Lineamientos).- Para cumplir con los objetivos establecidos en el
artículo anterior se deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos:
A) Dar prioridad a los proyectos de organizaciones de carácter
cooperativo.
B) Promover la actualización e innovación tecnológica y la ampliación del
parque industrial a través de los organismos competentes.
C) Estimular las asociaciones entre empresas industriales, en el área
de comercio exterior, tecnológica y de infraestructura cuyo objetivo
sea mejorar la competitividad y la eficiencia del sector.