Podrán solicitar el Ingreso al Registro A, los trabajadores que cumplan
los siguientes requisitos:
a) Estar Inscripto en el Registro de Personal de la Marina Mercante con
libreta de embarque vigente;
b) Tener carnet de salud y vacunas obligatorias;
c) Haber manifestado su voluntad de embarcar en las oportunidades y
formas que establezca la Dirección Nacional de Recursos Humanos. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 290/991 de 29/05/1991 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo:11.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 784/987 de 24/12/1987 artículo 10.