DECLARACION A LA SARNA OVINA PLAGA NACIONAL




Promulgación: 21/12/1993
Publicación: 07/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 706
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.339 de 22/12/1992.

CAPITULO III - DE LA INTERDICCION Y DEL SANEAMIENTO

Artículo 18

   Comprobada la introducción de animales parasitados con el propósito de
impedir liquidaciones, entregas de campo, etc., los Servicios Veterinarios
Oficiales podrán autorizar la extracción de ovinos en la forma establecida
en los Arts. 15 y 21 de esta reglamentación, sin perjuicio de la sanción
prevista en el inciso h) del Art. 15 de la ley Nº 16.339, de 22 de
diciembre de 1992.
   El o los predios de destino de los animales serán interdictos quedando
sujetos a todas las disposiciones que rigen para predios infectados
(inciso 2 del Art. 9 de la ley Nº 16.339).   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 18 y 30.
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