REGLAMENTACION DE LA LEY 17.555 ARTS. 19 Y 20 RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIONES DE OBRA PUBLICA




Promulgación: 28/09/2002
Publicación: 19/11/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 998
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.555 de 18/09/2002 artículos 19 y 20.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - OBJETO

Artículo 4

 Los interesados que comparezcan, presentarán una descripción de su 
proyecto a nivel de perfil, en la cual se expliciten en líneas generales 
los siguientes elementos:

1. Tipo de Proyecto.

2. Nombre del Proyecto.

3. Ubicación geográfica y área de influencia, si correspondiere.

4. Terreno, propiedad y eventual necesidad de expropiación, si 
correspondiere.

5. Descripción de las obras y/o de los servicios.

6. Inversión estimada.

7. Ingresos, costos de operación y mantenimiento estimados.

8. Análisis financiero.

9. Aportes de bienes o servicios requeridos del Estado o terceros para la 
ejecución de las obras y/o servicios, si el proponente lo considera 
necesario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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