MODIFICACION DEL DECRETO 96/015, RELATIVO A LA REGULACION DE ACTIVIDADES ADUANERAS




Promulgación: 05/10/2022
Publicación: 14/10/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 96/015, de 20 de marzo de 2015, que reglamenta los artículos 13 a 43 y 270 a 272 de la Ley N° 19.276, de 19 de setiembre de 2014, Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay, referente a las personas vinculadas a la actividad aduanera;

   RESULTANDO: que el referido Decreto establece disposiciones generales sobre las personas vinculadas a la actividad aduanera, disposiciones particulares sobre despachantes de aduana y disposiciones especiales y transitorias sobre personas vinculadas a la actividad aduanera;

   CONSIDERANDO: que en la aplicación del Decreto se han identificado necesidades de mejora a fin de modernizar el registro de las personas vinculadas a la actividad aduanera y los requisitos dispuestos para su actuación, por lo que resulta necesario y conveniente modificar el Decreto N° 96/015, de 20 de marzo de 2015;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 4 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015 
artículo 1 inciso 2º).

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015 
artículo 2 inciso 2º).

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015 
artículo 4.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015 artículo 7 inciso 
2º).

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015 
artículo 8.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015 
artículo 10.

Artículo 7

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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