REGLAMENTACION DE LA LEY 17.060, RELATIVA A NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 23/01/2003
Publicación: 28/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 173
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.060 de 23/12/1998,
      Código Penal de 04/12/1933 artículos 68, 84, 156, 157, 158, 158 - 
BIS, 159, 160, 161, 162, 163, 175, 177 y 179.
Referencias a toda la norma

TITULO I - NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA
CAPITULO 2 - PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 21

 (Motivación de la decisión). El funcionario debe motivar los actos 
administrativos que dicte, explicitando las razones de hecho y de derecho 
que lo fundamenten. No son admisibles fórmulas generales de 
fundamentación, sino que deberá hacerse una relación directa y concreta 
de los hechos del caso específico en resolución, exponiéndose además las 
razones que con referencia a él en particular justifican la decisión 
adoptada.
Tratándose de actos discrecionales se requerirá la identificación clara 
de los motivos en que se funda la opción, en consideración al interés 
público.
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