REGLAMENTACION LEY SOBRE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE. URBANIZACION




Promulgación: 11/05/2009
Publicación: 20/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1176
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.308 de 18/06/2008,
      Ley Nº 17.292 de 25/01/2001 artículo 48,
      Ley Nº 13.493 de 20/09/1966 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Capítulo III
Dictamen de viabilidad territorial

Artículo 13

 (Del Dictamen) La Autorización Ambiental Previa de las actividades,
construcciones u obras que la requieran, de conformidad con la Ley Nº
16.466 y su reglamentación, deberá contener un dictamen técnico de
viabilidad territorial del proyecto, cuando no exista instrumento de
ordenamiento territorial vigente y aplicable a la zona de implantación del
mismo, según lo previsto en el inciso final del artículo 27 de la Ley Nº
18.308.
El dictamen técnico referido se considera incluido en la declaración de
Viabilidad Ambiental de Localización, de acuerdo con el artículo 20 y ss.
del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones
Ambientales.
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