En el proceso de calificación de los funcionarios del escalafón "M"
Servicio Exterior se considerarán los siguientes antecedentes:
a) la evaluación primaria en relación a los Factores Conductuales y el
grado de cumplimiento de las Tareas Individuales en base a los
objetivos y metas a ser determinados anualmente
b) la autoevaluación del funcionario calificado, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 34 de este Reglamento.
c) el legajo personal del funcionario debidamente actualizado
d) los antecedentes funcionales del calificado, así como todos los
demás elementos de juicio sobre el desempeño funcional de interés
para la Junta a criterio de ésta.