Fecha de Publicación: 26/12/1997
Página: 1022-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 469/997

Créase la Condecoración "Medalla 18 de mayo de 1811" que será otorgada a militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de los servicios distinguidos y obras de servicios relevantes, que los hagan acreedores al reconocimiento del Ejército.
(3.297*R)

    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

                                    Montevideo, 16 de diciembre de 1997

    VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el Comando General 
del Ejército solicita la creación de la condecoración "Medalla 18 de Mayo de 1811".-

    CONSIDERANDO: I) la necesidad de complementar la actual Medalla al
Mérito Militar creada por el Decreto 511/991 de 17 de setiembre de 1991 
en la redacción modificativa dada por el Decreto 365/993 de 12 de agosto de 1993.-

    II) que la condecoración que se proyecta será concedida por el señor
Comandante en Jefe del Ejército.-

    III) que serán merecedores de la "Medalla 18 de Mayo de 1811" los
militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de sus servicios
distinguidos y obras de servicios relevantes que los hagan acreedores al
reconocimiento del Ejército.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado 
por el Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército aprobado por el
Decreto 59/990 de 12 de febrero de 1990, en la redacción modificativa 
dada por los Decretos 676/990 de 20 de diciembre de 1990, 85/995 de 20 de
febrero de 1995 y 391/996 de 8 de octubre de 1996.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

Créase la condecoración "Medalla 18 de Mayo de 1811" que será otorgada
a militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de los
servicios distinguidos y obras de servicios relevantes, que los hagan
acreedores al reconocimiento del Ejército.-

Artículo 2

La condecoración "Medalla 18 de Mayo de 1811" contará con tres grados
(Primero, Segundo y Tercero) y estará compuesta por venera, encomienda,
barra y diploma, con las características siguientes:

    A. VENERA.-
    - En metal sol cruciforme color plata con 4 rayos de 0,060 m. de alto
y ancho cargada al centro con Escarapela de Artigas, distintivo del
Ejército, de 0,030 m. de diámetro en esmaltes azul, blanco y rojo. En el
reverso, color plata, presentará en el centro un círculo de 0,030 m. que
tendrá grabado "MEDALLA 18 DE MAYO DE 1811" "EJERCITO NACIONAL"
"URUGUAY".-
    - Los atributos variarán según el grado al cual corresponda:-
    - al tercer grado la medalla descripta,
    - al segundo grado, dos ramas de laurel en oro a los lados de la
Escarapela de Artigas, con lazo uniéndolos en el mismo metal,
    - al primer grado corresponderán las ramas de laurel y en la parte
superior tres estrellas de cinco puntas en oro de 0,010 m. cada una.-

    B. ENCOMIENDA.-
    - Serán de tela, con líneas en falla, de 0,036 m. de ancho,
presentando una faja central blanca 0,012 flanqueadas por dos fajas de
color azul, cada una de éstas cargada con una divisa de color rojo de
0,004 m.-
    - La Encomienda estará rematada en su parte inferior por un aro
plateado de la que penderá la venera.-
    - La Encomienda, que se colocará alrededor del cuello del
recipiendario, tendrá 0,70 m. de largo, rematada en sus extremos con
velcro.-

    C. BARRA.-
    - Será de material rígido de 0,035 m. de largo y 0,010 de ancho y
cubierta de tela de la cinta.-
    - Sobre ella y en el centro ocupando la franja blanca:
    1. "Medalla 18 de Mayo de 1811" de Primer Grado:
    Lucirá en relieve y en color oro, dos ramas de laurel, unidas en la
parte inferior por una cinta.-
    Entre ellas a intervalos equidistantes tres estrellas de 5 puntas.-
    2. "Medalla 18 de Mayo de 1811" de Segundo Grado:
    Lucirá en relieve y en color oro, dos ramas de laurel, unidas en la
parte inferior por una cinta.-
    3. "Medalla 18 de Mayo de 1811" de Tercer Grado:
    Llevará solamente la cinta.-

Artículo 3

La condecoración "Medalla 18 de Mayo de 1811" se otorgará de acuerdo a
la siguiente clasificación jerárquica, integrándose los objetos
honoríficos que se citan:

    A. "MEDALLA 18 DE MAYO DE 1811" DE PRIMER GRADO:
    - Clasificación para Oficiales Generales y similares civiles.
    - Compuesta por VENERA completa, ENCOMIENDA y BARRA.-

    B. "MEDALLA 18 DE MAYO DE 1811" DE SEGUNDO GRADO:
    - Clasificación para Oficiales Superiores y similares civiles.-
    - Compuesta por VENERA con ramas de laurel, ENCOMIENDA y BARRA.-

    C. "MEDALLA 18 DE MAYO DE 1811" DE TERCER GRADO:
    - Clasificación para Jefes, Oficiales, Personal Subalterno y 
similares Civiles.-
    - Compuesta por VENERA, ENCOMIENDA y BARRA.-

    D. Junto con las insignias de la condecoración precitada se entregará
al recipiendario, una miniatura correspondiente a la clase otorgada. Ella
consistirá en una versión reducida de la venera correspondiente de 0,025
m. pendiente de una cinta de 0,050 m. de largo y 0,020 m. de ancho con
igual diseño que la Encomienda.-

    E. Independientemente de las jerarquías y/o grados y en caso que la
entidad de los méritos lo justifique, se podrá otorgar el grado inmediato
superior que correspondería de acuerdo a la jerarquía o categoría del
recipiendario.-

    F. La condecoración será entregada con su Diploma y copia de la
Resolución del Comandante en Jefe correspondiente.-

Artículo 4

Esta Condecoración será concedida por el señor Comandante en Jefe del
Ejército de acuerdo a las propuestas de una Comisión Asesora compuesta 
por el señor Comandante en Jefe del Ejército y los 2 Oficiales Generales más antiguos, a su iniciativa o a propuesta de los diferentes Comandos de
Grandes Unidades, Comando de Apoyo Administrativo, Institutos, Servicios 
y Unidades Básicas que lo soliciten por el Canal del mando (en estos 
casos el solicitante integrará la Comisión con la única finalidad de brindar información y sin voto).-

Artículo 5

La entrega de la "Medalla 18 de Mayo de 1811" y el Diploma respectivo,
se efectuará en ceremonia formal precedida por el señor Comandante en 
Jefe del Ejército o quien fuera designado para representarle, siendo precedida por la lectura de la Resolución correspondiente. Dicha 
ceremonia se desarrollará acorde a lo establecido en el parágrafo 6.14 
del R.G. 29-2 (Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército), aprobado por el Decreto 59/990 de 12 de febrero de 1990, en la redacción modificativa dada por los Decretos 676/990 de 20 de diciembre de 1990, 85/995 de 20 de febrero de 1995 y 391/996 de 8 de octubre de 1996, el 
cual se agrega al R.G. 29-2 mencionado:
    "6.14 Desarrollo de la ceremonia de entrega de la "Medalla 18 de Mayo
de 1811".-
    - Recepción de las Autoridades e invitados especiales a la ceremonia
en el lugar dispuesto a tal fin por parte de la autoridad anfitriona.-
    - Ejecución de los Himnos Nacionales Uruguayo y del país del
recipiendario (cuando fuere del caso).-
    - Palabras de recibimiento a cargo de la autoridad militar o civil 
que haga las veces de anfitrión o que se designe específicamente.-
    - Inicio de la ceremonia de entrega de la "Medalla 18 de Mayo de 
1811" mediante una breve reseña alusiva a la creación, finalidad, descripción y formalidades necesarias para concederse dicha  condecoración.-
    - Lectura de la Orden del Comando General del Ejército por la cual se
adjudica dicha distinción.-
    - Palabras del señor Comandante en Jefe del Ejército o quien lo
represente, en alusión a los méritos de la personalidad distinguida en la
oportunidad.-
    - Imposición de la distinción por parte del señor Comandante en Jefe
del Ejército o quien lo represente, al recipiendario.- Palabras de
recipiendario.-
    - Firma del Libro de Honor (cuando la Ceremonia se realice en la Sede
del Comando General del Ejército).-
    - Saludo al recipiendario por parte de las autoridades e invitados
especiales presentes."-

Artículo 6

Apruébase el esquema de la Ceremonia de Entrega de la Medalla 18 de
Mayo de 1811, adjunta al presente Decreto, considerándose parte 
integrante del mismo.-

Artículo 7

Uso de insignias correspondientes a la "Condecoración Medalla 18 de
Mayo de 1811" por el Personal Militar del Ejército:
    A. La Encomienda se utilizará con el uniforme de gala y se llevará
pendiente del cuello por debajo del cuello de la camisa y de la moña y a
unos 0,030 m. del borde inferior de ésta, dejando así asomar la casi
totalidad del ancho de la cinta.-
    B. La Barra se utilizará con el Uniforme Nro. 5, sobre la costura
superior del bolsillo pectoral izquierdo, eventualmente colocada con el
resto de los distintivos acorde a lo dispuesto por el Reglamento de
Uniformes del Ejército (R.G. 29-4) aprobado por el Decreto 686/991 de 17
de diciembre de 1991, en la redacción modificativa dada por los Decretos
371/993 de 17 de agosto de 1993, 90/994 de 1ro. de marzo de 1994, 86/995
de 20 de febrero de 1995, 148/995 de 4 de abril de 1995, 33/996 de 6 de
febrero de 1996, 331/996 de 27 de agosto de 1996 y 516/996 de 30 de
diciembre de 1996 y 362/997 de 7 de octubre de 1997.-
    C. La miniatura se utilizará cuando se vista traje civil.-

Artículo 8

La "Medalla 18 de Mayo de 1811", tendrá para los miembros del
Ejército, preeminencia sobre las demás nacionales o extranjeras salvo la
Medalla "Al Mérito Militar", superior a ésta jerárquicamente. La
colocación de insignias, por lo tanto, se hará de acuerdo a esta
preferencia y a los Reglamentos vigentes.-

Artículo 9

Apruébanse las láminas adjuntas al presente Decreto, las cuales se
consideran parte integrante del mismo.-

Artículo 10

Establécese que los numerales 6.12, 6.12.1 y 6.12.2 del Reglamento de
Ceremonial y Protocolo del Ejército (R.G. 29-2) aprobado por el Decreto
59/990 de 12 de febrero de 1990 en la redacción modificativa dada por los
Decretos 676/990 de 20 de diciembre de 1990, 85/995 de 20 de febrero de
1995 y 391/996 de 8 de octubre de 1996, tendrán la siguiente numeración:
6.13, 6.13.1 y 6.13.2, respectivamente.-
    (Referentes a la Ceremonia de Entrega de la Medalla al Mérito
Militar).-

Artículo 11

Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército.
Cumplido, archívese.- 

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA.-


                ESQUEMA DE LA CEREMONIA DE ENTREGA DE LA
                        MEDALLA 18 DE MAYO DE 1811

A. Para la Categoría de Oficiales Generales, Oficiales Superiores y
similares Civiles.-

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".

                       AUTORIDADES E INVITADOS

REFERENCIAS:

1. Recipiendario.-
2. Señor Ministro de Defensa Nacional.-
3. Señor Embajador del país del recipiendario.-
4. Señor Comandante en Jefe del Ejército.-
5. Señor Jefe del E.M.E. (C.J.E.) o señor Oficial General que representa 
a las Fuerzas Armadas del país del recipiendario.-
6. Señor Jefe del Estado Mayor del Ejército.-
7. Señor Agregado Militar del país del recipiendario.-
8. Señor Jefe de Ayudantes (o Ayudante) del señor Comandante en Jefe del
Ejército.-
9. Señor Jefe de Ayudantes (o Ayudante) del Jefe del Estado Mayor
Ejército.-
(Comandante en Jefe del Ejército) del país del recipiendario.-
10. Locutor.-
11. Pabellón Nacional.-
12. Pabellón del país del recipiendario.-
B. Para la Categoría de Jefes, Oficiales y/o similares Civiles.-

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo".

AUTORIDADES E INVITADOS

REFERENCIAS:

1. Recipiendario.-
2. Señor Embajador del país del recipiendario.-
3. Señor Comandante en Jefe del Ejército.-
4. Señor Jefe del Estado Mayor del Ejército.-
5. Señor Ayudante del señor Comandante en Jefe del Ejército.-
6. Señor Ayudante del recipiendario.-
7. Locutor.-
8. Pabellón Nacional.-
9. Pabellón del país del recipiendario.-

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo".



		
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