Fecha de Publicación: 26/12/1997
Página: 1022-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 469/997

Créase la Condecoración "Medalla 18 de mayo de 1811" que será otorgada a militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de los servicios distinguidos y obras de servicios relevantes, que los hagan acreedores al reconocimiento del Ejército.
(3.297*R)

    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

                                    Montevideo, 16 de diciembre de 1997

    VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el Comando General 
del Ejército solicita la creación de la condecoración "Medalla 18 de Mayo de 1811".-

    CONSIDERANDO: I) la necesidad de complementar la actual Medalla al
Mérito Militar creada por el Decreto 511/991 de 17 de setiembre de 1991 
en la redacción modificativa dada por el Decreto 365/993 de 12 de agosto de 1993.-

    II) que la condecoración que se proyecta será concedida por el señor
Comandante en Jefe del Ejército.-

    III) que serán merecedores de la "Medalla 18 de Mayo de 1811" los
militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de sus servicios
distinguidos y obras de servicios relevantes que los hagan acreedores al
reconocimiento del Ejército.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado 
por el Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército aprobado por el
Decreto 59/990 de 12 de febrero de 1990, en la redacción modificativa 
dada por los Decretos 676/990 de 20 de diciembre de 1990, 85/995 de 20 de
febrero de 1995 y 391/996 de 8 de octubre de 1996.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

Créase la condecoración "Medalla 18 de Mayo de 1811" que será otorgada
a militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de los
servicios distinguidos y obras de servicios relevantes, que los hagan
acreedores al reconocimiento del Ejército.-


		
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