APROBADO POR DECRETO N° 123/012




Promulgación: 16/04/2012
Publicación: 27/04/2012
Aprobado/a por: Decreto Nº 123/012 de 16/04/2012.

 Ver:  Resolución OPP Nº 4/019 de 17/01/2019  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2019)  ,
      Resolución OPP Nº 128/017 de 13/12/2017  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2018) ,
      Resolución OPP Nº 228/016 de 23/12/2016  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2017) ,
      Resolución OPP Nº 1/016 de 18/01/2016  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2016) ,
      Resolución OPP Nº 1/014 de 20/01/2014  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a enero 2014) ,
      Resolución OPP Nº 240/012 de 14/12/2012  (actualizaciones y 
anotaciones realizadas a noviembre 2012) .

TITULO III
NORMAS SOBRE FONDOS DE INVERSION Y PREINVERSION
Capítulo 3 Fondo para la Convergencia estructural y fortalecimiento de la estructura del Mercosur

Artículo 64

 (Titularidad).- Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a 
disponer la apertura de los créditos presupuestales correspondientes y a
la habilitación de proyectos de inversión en los Incisos del Presupuesto
Nacional, para aquellos programas que se aprueben en el marco de la Ley N°
17.991 de 17 de julio de 2006 [FOCEM].

Fuente: Artículo 306 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007.
Referencias al artículo
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