APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

Artículo 9-BIST14

   Facúltase al Poder Ejecutivo a reducir hasta en un 50% (cincuenta por 
ciento), el valor determinado en el inciso primero del literal F) del 
artículo 9° de este Título, que regirá para cada ejercicio, pudiendo 
establecer también, porcentajes diferenciales para los distintos tipos 
de explotación. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 19.088 de 14/06/2013 artículo 8.
Reglamentado por: Decreto Nº 30/015 de 16/01/2015.
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