TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL SECCION IV - DERECHO PROCESAL TRIBUTARIO CAPITULO 1 - COMPETENCIA
Artículo 98-T1
Los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Interior tendrán en
materia civil, comercial, de hacienda, de familia y de menores las
competencias que se asignan a los Juzgados Letrados de Primera Instancia
en lo Civil de Montevideo.
Fuente: Ley 15.750 de 24 de junio de 1985, artículo 71º
(Texto parcial, integrado).