APROBADO POR DECRETO Nº 338/996


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
      T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
      Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma 
Tributaria).

Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7 
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).

Artículo 93-T10

   Las operaciones incluidas en el régimen de reducción del Impuesto al Valor Agregado previsto en la Ley N° 17.934, de 26 de diciembre de 2005, continuarán en vigencia y no podrán superponerse con la reducción a que refieren los artículos 87, 87 Bis y 88 del presente Título.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.210 de 29/04/2014 artículo 56.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 18.910 de 25/05/2012 artículo 9.
Reglamentado por: Decreto Nº 288/012 de 29/08/2012.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.910 de 25/05/2012 artículo 9.
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