APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION III - DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
CAPITULO 8 - REGIMEN DE CERTIFICADOS

Artículo 81-T1

   Certificados.- Los certificados dispuestos por la legislación vigente
de estar al día en el pago de tributos y aportes, no podrán negarse por 
la circunstancia de que el contribuyente haya interpuesto los recursos 
administrativos o las acciones jurisdiccionales previstas en la 
Constitución, sin perjuicio de que el sujeto activo adopte las medidas 
cautelares o inicie las ejecuciones que correspondan.

Fuente: Ley 14.100 de 29 de diciembre de 1972, artículo 149º.

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