APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
CAPITULO 18 - ACUERDO DE SEDE SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

Artículo 80-T2

   Los Asesores de la Delegación argentina y los funcionarios 
administrativos que de ella dependan gozarán en el territorio de la 
República Oriental del Uruguay del mismo régimen que el que gozan los
funcionarios administrativos y técnicos de las misiones diplomáticas acreditadas ante la República.

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