APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
CAPITULO 12 - ACUERDO SOBRE INMUNIDADES, EXENCIONES Y PRIVILEGIOS DEL FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA)

Artículo 55-T2

   Los funcionarios de los organismos internacionales asesores, mientras
se hallen en cumplimiento de funciones relacionadas con el Fondo, gozan 
de igual tratamiento que el establecido en los artículos 51º y 52º de 
este Título. (*)

Fuente: Decreto-Ley 14.821 de 13 de setiembre de 1978, artículo 1º
        (artículos 1º, 6º, 8º y 9º (Textos parciales), 10º (Texto
        integrado), 11º, 12º, 13º, 14º (Texto parcial, integrado), 15º,
        16º, 17º (Texto parcial, integrado) y 18º del Acuerdo sobre
        Inmunidades, Exenciones y Privilegios del Fondo Financiero para
        el Desarrollo de la Cuenca del Plata en el Territorio de los
        Países Miembros, suscrito el 9 de diciembre de 1977).
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