APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERES GENERAL
CAPITULO 3 - EXONERACIONES GENERICAS EN FAVOR DE BIENES, PERSONAS E INSTITUCIONES DE DERECHO PUBLICO

Artículo 46-T3

   El Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias estará 
exonerado de todo tipo de tributos nacionales, excepto las contribuciones
de seguridad social, y en lo no previsto especialmente por la Ley Nº 
16.065, de 6 de octubre de 1989, su régimen de funcionamiento será el de
la actividad privada, especialmente en cuanto a su contabilidad, estatuto
de su personal y contratos que celebre.

Fuente: Ley 16.065 de 6 de octubre de 1989, artículos 1º y 24º
        (Texto integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 56 - Título 4.
Referencias al artículo
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