APROBADO POR DECRETO Nº 338/996


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
      T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
      Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma 
Tributaria).

Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7 
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION II - DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL
CAPITULO 12 - REINTEGROS

Artículo 43-T1

   Facúltase al Poder Ejecutivo para extender a las exportaciones de 
productos obtenidos en el proceso de preparación e industrialización de 
la lana, los beneficios y el procedimiento de reintegro establecidos en 
los artículos 38º, 39º y 40º de este Título, sin perjuicio de la 
aplicación de la disposiciones contenidas en la Ley Nº 13.222, de 26 de 
diciembre de 1963, en lo que no se oponga a la presente disposición. (*)

Fuente: Ley 13.608 de 8 de setiembre de 1967, artículo 45º (Texto
        integrado).
Referencias al artículo
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