TITULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL CAPITULO 51 - CONVENIO BASICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD - ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD, SOBRE RELACIONES INSTITUCIONALES, PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
Artículo 248-T2
Privilegios e inmunidades del personal.- Los privilegios e inmunidades
establecidos en los artículos anteriores no se aplican a los nacionales
uruguayos que desempeñan funciones en la Oficina Sanitaria Panamericana,
salvo la inmunidad de jurisdicción respecto de los actos que ejecuten y
expresiones orales o escritas que emitan, en el desempeño de sus
funciones, e inviolabilidad de sus papeles relacionados con la
Organización.