APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

Artículo 17-TER-T1

 Los responsables por obligaciones tributarias de terceros serán solidariamente responsables de aquellas obligaciones por las que les hubiera correspondido actuar.

  En los casos en que hayan ejercido el correspondiente derecho de         resarcimiento por vía de retención o percepción, quedarán como         únicos obligados ante el sujeto activo por el importe respectivo.   (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 3.
Agregado/s por: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 702.
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