APROBADO POR DECRETO Nº 338/996




Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.

 
Reforma Tributaria -Ley Nº 18.083- (vigencia)

TITULO 14 - IMPUESTO AL PATRIMONIO

Artículo 12-T14

   Participaciones en el patrimonio.- Las participaciones en el 
patrimonio de las empresas unipersonales y de las sociedades, se 
computarán por el valor que resulte de su balance, ajustado de acuerdo
con las normas del artículo 15° de este Título. Para los títulos,
acciones y demás valores mobiliarios, el Poder Ejecutivo determinará la
forma de valuación aplicable.(*)

Fuente: Ley 13.637 de 21 de diciembre de 1967, artículo 50º.
Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 671º.

(*)Notas:
Reglamentado por:
      Decreto Nº 30/015 de 16/01/2015,
      Decreto Nº 600/988 Derogada/o de 21/09/1988.
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