APROBADO POR DECRETO N° 455/001




Promulgación: 22/11/2001
Publicación: 26/11/2001
Aprobado/a por: Decreto Nº 455/001 de 22/11/2001.

TITULO II - MODALIDADES DE PRESTACION DE ASISTENCIA
CAPITULO VIII - DE LA INTERMEDIACION EN LA PRESTACION DE ASISTENCIA MEDICA

Artículo 112

   Requisitos.-
   Las empresas de intermediación comprendidas en la presente al
solicitar del Ministerio de Salud Pública autorización para ofrecer
Asistencia Médica u Odontológica especificarán:
   1º.- Servicios de Asistencia Médica u Odontológica que proyectan
ofrecer a sus afiliados.
   2º.- Recursos Humanos y Materiales, debidamente habilitados por el
Ministerio de Salud Pública, que han contratado para brindar los
servicios, con la constancia de los contratos realizados.
   3º.- Dirección Técnica profesional médica u odontológica según
corresponda, con aceptación expresa del profesional.
   4º.- Calidad jurídica del titular de la habilitación, y en el caso de
personas jurídicas sus Estatutos sociales cuyo único objeto será la
intermediación en la prestación de Servicios de Atención Médica u
Odontológica y constancia de personería debidamente otorgada por la
autoridad competente.
   5º.- Texto y formato del contrato de afiliación a ser firmado por el
eventual socio, en el que deberá específicamente mencionarse los
servicios a brindarse por la cuota y cuáles se omiten, debiendo además
constar el recibo de la copia auténtica del mismo. 
   En el contrato deberá estipularse que la duración del vínculo será sin
determinación de plazo y que la rescisión sólo operará por las causales
previstas para las I.A.M.C. y las estipuladas con toda precisión,
estando vedada la rescisión unilateral del vínculo por mera voluntad de
la empresa contratante.
   6º. La infraestructura hospitalaria sólo podrá ser contratada con
instituciones del sector privado debidamente habilitadas para funcionar
por el Ministerio de Salud Pública, y que acrediten capacidad suficiente
a la demanda prevista.

Fuente: Decreto No. 350/94 de 9 de agosto de 1994, artículo 3º.
        Texto nuevo y ajustado
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