DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. LAYFA S.A.




Promulgación: 27/09/1989
Publicación: 20/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 363
 Visto: la  solicitud de  la firma  LAYFA S.  A., tendiente a que se le
autorice a  importar el  equipamiento que  detalla  al  amparo  de  la
Resolución del Poder Ejecutivo del 9 de diciembre de 1987, por la cual
fuera declarada  de Interés  Nacional la  actividad de  su proyecto de
inversión.

 Resultando: la  Unidad Asesora  de Promoción  Industrial considera que
puede accederse  a lo  solicitado en  atención a  que  esta  inversión
adicional es complementaria del proyecto anterior.

 Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
el Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado
por la  Asesoría Jurídica  del Ministerio  de Industria y Energía y lo
establecido por el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de 1974,

                  El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

      Amplíase la Resolución del poder Ejecutivo de fecha 9 de diciembre
de 1987, -por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del
proyecto de inversión presentado por firma LAYFA S. A.-, en el sentido
de incluir el siguiente equipamiento:

- un (1) telar circular de una frontura, con accesorios y repuestos,
  dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º y
  declarado "no competitivo nacional".

2

      Otórgase a la firma LAYFA  S. A.,  la exoneración  prevista en el
artículo 1º  del decreto  ley 15.548  de 17  de mayo  de 1984 hasta un
monto máximo  generador de  dicha exoneración,  de U$S 83.670,00 que será
aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre el, 1º de julio
de 1988 - 30 de junio de 1990.

 En virtud del artículo 3º del decreto ley 15.548, la empresa  LAYFA S.
A., no  gozará del beneficio de Canalización del Ahorro previsto en el
decreto ley 14.178, artículo 9º.

 La empresa LAYFA  S. A., tendrá un  plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias  y trámites judiciales que sean necesarios
ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones correspondientes al
capital integrado, de acuerdo  al Inciso  1º del presente numeral, hasta
el día 30 de junio de 1991.

3

      El aumento de capital de la empresa LAYFA S.A., hasta un incremento
equivalente a U$S  83.670,00 estará exonerado del Impuesto de  Contralor
creado por el artículo 69 de la ley 15.767, siempre que el hecho 
generador del tributo se cumpla antes del 31 de octubre de 1990.

4

      Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - JORGE TALICE - HUMBERTO CAPOTE
Ayuda