Visto: la solicitud de la firma LAYFA S. A., tendiente a que se le
autorice a importar el equipamiento que detalla al amparo de la
Resolución del Poder Ejecutivo del 9 de diciembre de 1987, por la cual
fuera declarada de Interés Nacional la actividad de su proyecto de
inversión.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede accederse a lo solicitado en atención a que esta inversión
adicional es complementaria del proyecto anterior.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
el Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado
por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo
establecido por el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del poder Ejecutivo de fecha 9 de diciembre
de 1987, -por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del
proyecto de inversión presentado por firma LAYFA S. A.-, en el sentido
de incluir el siguiente equipamiento:
- un (1) telar circular de una frontura, con accesorios y repuestos,
dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º y
declarado "no competitivo nacional".