APROBACION DEL ACUERDO ENTRE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL FONDO DE POBLACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA IMPLEMENTACION DE PLANES DE TRABAJO FINANCIADOS POR EL UNFPA EN VIRTUD DEL PROGRAMA DE PAIS DEL UNFPA 2016-2020 PARA URUGUAY




Promulgación: 26/12/2016
Publicación: 11/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de generar una reflexión prospectiva acerca de las alternativas futuras del país, con el fin de generar conocimiento sistematizado para poder anticipar las posibles líneas de políticas a elaborar para avanzar en el desarrollo económico y social del país;

   RESULTANDO: I) que el Fondo de Población de las Naciones Unidas es una agencia especializada de la Organización de Naciones Unidas en temas de población y en su vinculación con el desarrollo;

   II) que, en esta instancia, se plantea la suscripción de un acuerdo específico sobre contribuciones de cofinanciación a los efectos de poder cumplir con el objetivo señalado en el Visto;

   III) que por dicho acuerdo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se compromete a transferir hasta la suma de U$S 77.700 (dólares estadounidenses setenta y siete mil setecientos con 00/100) al Fondo de Población de las Naciones Unidas, quien los administrará en colaboración con aquella Oficina, para la ejecución de las actividades necesarias para el desarrollo de los estudios y construcción de escenarios prospectivos en las áreas estratégicas definidas;

   CONSIDERANDO: I) que corresponde cometer al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la suscripción del citado acuerdo;

   II) que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, el acuerdo planteado no requiere ratificación legislativa por celebrarse con un organismo internacional de los que el país forma parte;

   III) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado observaciones al respecto;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Suscríbase el Acuerdo sobre Contribuciones de Cofinanciación entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Fondo de Población de las Naciones Unidas, que se adjunta (*) a esta Resolución y forma parte integrante de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Ver en esta norma, numeral: 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - JOSÉ LUIS CANCELA - ERNESTO MURRO
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