PERMISO DE OCUPACION A LA ANP DE DOS FRACCIONES DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO URUGUAY, SOBRE LAS ZONAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 25/04/2016
Publicación: 28/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Resolución MTOP S/N de 29/04/2020 numeral 1 (deja sin efecto el 
permiso de uso del álveo público de dos fracciones del Río Uruguay).
Referencias a toda la norma

8

   MORA.
   La mora operará de pleno derecho para la Administración Nacional de Puertos, por no cumplir las obligaciones a su cargo, o por hacer algo contrario a lo estipulado, o no hacer algo a que esté obligado, luego de que haya sido intimado por telegrama colacionado con plazo de 3 (tres) días.
Ayuda