DETERMINACION QUE LAS INSTITUCIONES DE SALUD PUBLICAS Y PRIVADAS QUE INTERACTUEN CON LA PLATAFORMA HCEN, DEBERAN ESTAR DEBIDAMENTE IDENTIFICADAS A TRAVES DEL USO DE UN CERTIFICADO DE FIRMA ELECTRONICA AVANZADA DE PERSONA JURIDICA




Promulgación: 20/08/2019
Publicación: 09/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   A los efectos de implementar los Conjuntos Mínimos de Datos (CMD) definidos en el Anexo I del Decreto N° 122/019 de 29 de abril de 2019, se adoptará un cronograma de implementación teniendo en cuenta la caracterización de las Instituciones y las fases a cumplirse.
   La fase 1 implica registrar el 40% de los documentos clínicos electrónicos generados en el Registro de Eventos.
   La fase 2 implica registrar el 60% de los documentos clínicos electrónicos generados en el Registro de Eventos.
   La fase 3 implica registrar el 90% de los documentos clínicos electrónicos generados en el Registro de Eventos.
   Los documentos clínicos electrónicos antes referidos, deberán estructurarse de acuerdo con las guías de implementación que publique el Programa Salud.uy. Los porcentajes establecidos en cada fase se medirán tomando en cuenta los eventos registrados por tipo de CMD definidos en el Anexo I del Decreto N° 122/019 de 29 de abril de 2019.
   Los plazos para el cumplimiento de las fases para cada Institución, comenzarán a regir desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y de acuerdo con la siguiente tabla:

Instituciones (*)
Fase 1
Fase 2
Fase 3
Prestador Integral de más de 50.000 usuarios (**)
4 meses
12 meses
24 meses
Prestador Integral de hasta 50.000 usuarios
8 meses
16 meses
28 meses
Seguros integrales
8 meses
16 meses
28 meses
Servicios Públicos de Salud otorgados por entidades públicas a colectivos propias y/o de terceros: Dirección Nacional de Sanidad Policial, Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, Banco de Seguros del Estado, Banco de Previsión Social, Hospital de Clínicas Dr. Manuel Quintela.
10 meses
18 meses
30 meses
Prestadores Privados Parciales de más de 50.000 usuarios
8 meses
16 meses
28 meses
Emergencias Medico Móvil de entre 15.000 y 50.000 usuarios
10 meses
18 meses
30 meses
(*) Las nuevas habilitaciones de prestadores o servicios de salud otorgadas por el MSP deberán cumplir con los plazos establecidos en la Tabla.
(**) Incluye a ASSE como Prestador Integral
(*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución MSP S/N de 09/04/2021 numeral 1.
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