APROBACION DEL "PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES HABILITADAS, LEY N° 19.292", RELATIVO A LA PRODUCCION FAMILIAR AGROPECUARIA Y PESCA ARTESANAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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El registro de las Organizaciones Habilitadas tendrá una vigencia inicial de 2 años y podrá ser renovado por hasta 5 años. Será responsabilidad de las Organizaciones Habilitadas registradas mantener actualizados los datos del registro, comunicando cualquier cambio en los mismos en un plazo de 30 días de producido.