Declárase de utilidad pública la adquisición, por compra directa o
expropiación, de una extensión no menor de mil doscientas hectáreas (1.200), destinadas al ensanche y regularización del Parque, que deberá comprender la parte de sierra en que el Fuerte se levanta, sobre la costa del arroyo San Miguel, a ambos lados del camino que une al pueblo del Chuy con el de 18 de Julio, alcanzando la franja a expropiarse hasta el cerro Picudo, inclusive. El área a expropiarse será determinada entre la Comisión Nacional de Turismo y la Comisión de Conservación. (*)