PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 07/08/1937
Publicación: 17/08/1937
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1937
  •    Página: 525
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   De la cantidad autorizada por el artículo precedente, se invertirá un 
millón trescientos mil pesos (pesos 1.300.000.00) en títulos para reintegro al giro de los negocios del Frigorífico Nacional y el saldo se destinará a la "Sociedad Anónima Industrias Unidas Casa Blanca", afiliada al Frigorífico Nacional, para ser empleado en la ejecución de las obras y la adquisición de maquinaria para la planta industrial de la referida filial.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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