COMISION HONORARIA PRO INDUSTRIA VITIVINICOLA. CREACION




Promulgación: 25/01/1934
Publicación: 05/02/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1934
  •    Página: 179
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Créase una Comisión honoraria asesora denominada "Pro Industria Vitivinícola" formada por los siguientes delegados:

1.° El Director de Impuestos Internos.
2.° Un Delegado del Ministerio de Industrias.
3.° Un Delegado de la Facultad de Agronomía.
4.° Un Delegado de la Dirección General de los Servicios Agronómicos.
5.° Un Delegado de la ANCAP.
6.° Un Viticultor Delegado del Centro de Viticultores del Uruguay.
7.° Un Viticultor Delegado de la Sociedad de Fomento y Defensa Agraria del   
    Rincón del Cerro.
8.° Un bodeguero Delegado del Centro de Bodegueros de la Cámara de
    Industrias.
9.° Un bodeguero Delegado de la Unión Viticultores y Bodegueros del U  
    Uruguay.
   
   Cada delegado gremial tendrá un suplente y éste podrá actuar por simple   
ausencia del titular. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

TERRA - AUGUSTO CESAR BADO - PEDRO COSIO
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