FIJACION DE TRIBUTO. REGISTROS PUBLICOS. TIMBRES Y PAPEL SELLADO. ARRENDAMIENTOS




Promulgación: 11/01/1934
Publicación: 18/01/1934
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Los derechos de los certificados e inscripciones cuya gratuidad se suprime por el artículo anterior se destinarán, para el Consejo de Salud Pública, donde serán vertidos mensualmente por las oficinas que los recauden. Para los sellados y timbres que en cada caso corresponda, se utilizarán sellados y timbres especiales de Salud Pública. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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