Cada Comisión deberá terminar sus tareas dentro de los dos años de la fecha de su instalación presentando el proyecto definitivo con su exposición de motivos y los originales de las actas al Ministerio de Instrucción Pública, para que el Poder Ejecutivo lo remita al Cuerpo Legislativo para su sanción, con todos los antecedentes y las observaciones que cada caso le mereciere.
Si vencido dicho término no se hubiese hecho dicha presentación del proyecto definitivo, el Poder Ejecutivo recabará todos los antecedentes de la respectiva gestión en el estado en que se hallaren y los remitirá al Parlamento, dando cuenta, y formulando las observaciones que juzgare oportuno.