MINISTERIO DE GUERRA Y MARINA. PRESUPUESTO




Promulgación: 16/11/1926
Publicación: 02/12/1926
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1926
  •    Página: 711
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los clases y soldados del Ejército gozarán de las siguientes asignaciones: Suboficiales, $ 600; sargentos, $ 480: cabos y apuntadores, $ 360; distinguidos, cornetas y tambores, músicos y trompas, $ 300; soldados, $ 210 anuales.
   A partir del 1.° de Julio de 1927 los soldados del Ejército percibirán un aumento de dieciocho pesos anuales por cada año de servicios continuados hasta completar un sueldo de $ 264 anuales. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 11.
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