El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 78/025 de 28/02/2025.
Artículo 12
Todos los gobiernos departamentales deberán difundir las Alertas Amber Uruguay que libre la autoridad competente mediante la utilización de cartelería pública, sin perjuicio de otros medios de comunicación que estén a su alcance. Deberán asegurar, asimismo, la difusión del mensaje en todos los niveles de gobierno para lograr la mayor cobertura territorial de la Alerta.