APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

SECCIÓN VIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 588

   Interprétase que la percepción de los incrementos salariales otorgados por los artículos 80 y 459 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, a los funcionarios públicos civiles pertenecientes a la Administración Central y a los organismos del artículo 220 de la Constitución de la República, representados por la Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado, en el marco de la negociación colectiva y reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, categorizada como compensación personal que no se absorbe, no disminuirá compensaciones personales ni otras compensaciones que conformen la retribución mensual normal de dichos funcionarios.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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