SECCIÓN VI - OTROS INCISOS INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
Artículo 537
Modifícase la denominación del "Patronato del Psicópata", creada por el artículo 1° de la Ley N° 11.139, de 16 de noviembre de 1948, por la de "Comisión Nacional de Apoyo a la Salud Mental".
Toda mención efectuada al "Patronato del Psicópata" se considerará referida a la "Comisión Nacional de Apoyo a la Salud Mental".
Asígnase en el Inciso 21 "Subsidios y subvenciones", programa 440 "Atención integral de la salud", unidad ejecutora 012 "Ministerio de Salud Pública", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos uruguayos) para la "Comisión Nacional de Apoyo a la Salud Mental", con destino a los cometidos en salud mental. (*)