APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA

Artículo 473

   Asígnase en el Inciso 26 "Universidad de la República", programa 351 "Expansión y Desarrollo de la Universidad en el Territorio", unidad ejecutora 050 "Unidad Central", Financiación 1.1 "Rentas Generales", a partir del ejercicio 2024, una partida anual de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) con destino al desarrollo del Centro Universitario Suroeste, y de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos) para el desarrollo del Centro Universitario Sector Este. 

   La Universidad de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, la apertura de los créditos que se asignan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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