APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2022




Promulgación: 06/11/2023
Publicación: 17/11/2023
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Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS

Artículo 443

   Increméntanse en el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas", programa 263 "Control de Org. que administran o reciben fondos públicos", unidad ejecutora 001, "Tribunal de Cuentas", Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial", por la suma de $ 10.966.400 (diez millones novecientos sesenta y seis mil cuatrocientos pesos uruguayos) los créditos presupuestales que se indican:

Objeto del Gasto
Importe en $
199.000
1.970.700
299.000
4.975.700
067.000
3.504.802
081.000
323.574
082.000
15.098
087.000
82.968
089.000
93.558
Total
10.966.400

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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